Arancel › Sección I › Capítulo 03 › 03.06 Crustáceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos ahumados, incluso pelados, incluso cocidos antes o durante el ahumado; crustáceos sin pelar, cocidos en agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera
0306.36.99.00
Vivos, frescos o refrigerados › Los demás camarones, langostinos y demás decápodos Natantia › Los demás › Los demás
Lo que paga al importarse
- Ad valorem0 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.
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Subpartidas vecinas
- 0306.36.11.00 Para reproducción o cría industrial
- 0306.36.19.10 Frescos o refrigerados
- 0306.36.19.90 Los demás
- 0306.36.91.00 Para reproducción o cría industrial
- 0306.36.92.00 Los demás camarones de río de los géneros Macrobrachium
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.