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Eslora
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Con qué reglas calcula esto

Cada cifra que sale de Eslora se calcula con una norma concreta, de una fecha concreta. Aquí están todas, con la fuente y el día en que se comprobó, y también lo que este motor no calcula.

Esta página no se escribe a mano: se arma con las mismas constantes con las que el motor calcula, así que no puede decir una cosa distinta de la que hace. Motor 1.1.0 · generada el 2026-10-09 · en JSON

El arancel con el que se clasifica

Arancel de Aduanas 2022 · Decreto Supremo N° 404-2021-EF, vigente desde el 01/01/2022

Norma
Decreto Supremo N° 404-2021-EF
Vigente desde
2022-01-01
Subpartidas en este archivo
8017
Subpartidas que publica el MEF (con modificatorias)
8017 — consultado el 2026-10-03
Modificatorias conocidas
2 de 2 aplicadas
¿Cuadra el recuento?
Sí: 8017 + 0 por aplicar = 8017
Qué NO demuestra que cuadre
Que la diferencia esté contada no prueba que no existan modificatorias que no conocemos. Prueba que lo que falta tiene nombre.
¿Se comparó fila por fila contra el documento oficial?
Sí, el 2026-10-03: 8017 códigos en el documento oficial y 8017 aquí, los mismos; 0 diferencias de tasa en las 8010 comparadas automáticamente, y las 7 restantes a mano. No prueba que no haya modificatorias posteriores al documento.
¿Están todas las modificatorias?
No se afirma: el control de cambios de SUNAT no lista todas las que conocemos
Huella del archivo
da61d099

Comprobado el 2026-10-03 contra: Control de cambios de la propia norma arancelaria en SUNAT: D.S. 404-2021-EF, publicado el 31.12.2021, Arancel de Aduanas 2022 vigente desde el 01.01.2022 · Comunicado de SUNAT del 11.01.2022 sobre el nuevo Arancel de Aduanas 2022 · Documento de SUNAT «Arancel de Aduanas 2022 aprobado por Decreto Supremo N. 404-2021-EF», con los cambios respecto del Arancel 2017 · Índice del control de cambios de la norma arancelaria en SUNAT. OJO: está incompleto — no lista el D.S. 194-2022-EF. Sirve para lo que registra, no como lista cerrada · Arancel de Aduanas 2022 (ANEXO), PDF oficial de SUNAT, 434 páginas — cotejado fila por fila

El reparto de IGV e IPM

La Ley 32387 baja el IGV y sube el IPM cada enero hasta 2029, dejando la suma en 18 %. El importador paga lo mismo; lo que cambia es cómo se declara, y SUNAT cruza los dos renglones.

2025
IGV 16 % · IPM 2 % (suma 18 %)
2026
IGV 15.5 % · IPM 2.5 % (suma 18 %)
2027
IGV 15 % · IPM 3 % (suma 18 %)
2028
IGV 14.5 % · IPM 3.5 % (suma 18 %)
2029
IGV 14 % · IPM 4 % (suma 18 %)

Comprobado el 2026-10-03 contra: SUNAT · Impuesto General a las Ventas

La percepción del IGV

La tasa sale de las reglas de SUNAT y de lo que conteste el importador, no de un campo libre.

Versión de las reglas
2026.10
Ley N.º 29173
Régimen de percepciones del IGV
Decreto Legislativo N.º 1714 (desde 2026-03-02)
Modifica el régimen y amplía los supuestos de la tasa más alta
Base de cálculo
Valor en aduanas + todos los tributos + derechos antidumping y compensatorios

Comprobado el 2026-10-03 contra: SUNAT · Régimen de Percepciones del IGV · Importaciones

Identificadores por unidad

Desde el 2026-10-05 hay que consignar el número de serie y el IMEI de cada teléfono móvil.

Norma
Resolución de Superintendencia N.° 000129-2026/SUNAT
Publicada
2026-07-12
Vigente desde
2026-10-05
Alcanza a
Instructivo DAM DESPA-IT.00.04 (versión 2) · Procedimiento específico Despacho simplificado de importación DESPA-PE.01.01 (versión 3)
Subpartidas
8517.13.00.00, 8517.14.00.00

Comprobado el 2026-10-03 contra: Comentario de la resolución · Comentario de la resolución

El derecho variable adicional de la franja de precios

Maíz, arroz, azúcar y lácteos pagan un derecho variable adicional —o reciben una rebaja— además del Ad Valorem. Son 48 subpartidas, y las cuatro familias están al 0 % de Ad Valorem, así que sin esto el total sale bajo y limpio.

Sistema
Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias
Tablas Aduaneras
Decreto Supremo N° 338-2025-EF — vigentes del 2026-01-01 al 2026-12-31
Subpartidas afectas
48 a diez dígitos (maíz 11, azúcar 7, arroz 4, lácteos 26)
Precio de referencia
Resolución Viceministerial del Viceministerio de Economía, en El Peruano, cada mes, con unas tres semanas de retraso respecto del periodo cotizado
Resoluciones cargadas
2026-01 (Resolución Viceministerial N° 004-2026-EF/15.01) — para un despacho de otro mes el motor NO calcula y lo dice
Tope
Ad valorem más derecho variable no pasa del 40 % del valor CIF, por serie, hasta el 2026-12-31; después vuelve al 20 % de la norma base salvo prórroga
Qué sigue sin saberse
Qué resolución aplica a una DAM numerada en una fecha dada. La resolución no lo dice, y la norma habla de quincenas sobre una publicación que es mensual. El motor exige que el mes coincida en vez de elegir la más reciente, porque elegirla sería inventarse la regla.
Y las dos del arroz
La tabla del arroz da dos derechos, uno para cáscara y otro para pilado. La 1006.10.90.00 y la 1006.30.00.00 se asignan por su propia designación; la 1006.20.00.00 y la 1006.40.00.00 no las asigna ninguna norma, así que el motor da las dos cifras y no elige.

Comprobado el 2026-10-03 contra: MEF · Sistema de Franja de Precios · D.S. 382-2021-EF · el artículo 4 que sube el tope al 40 % · Resolución Viceministerial N° 004-2026-EF/15.01 — los derechos oficiales con los que se contrastaron las tablas

Lo que este motor no calcula

Un hueco dicho es un hueco con el que se puede trabajar. Un hueco callado sale en la pantalla como un número bajo y limpio.

Mercancías sensibles al fraude · las que van en metros cuadrados

El motor trae las 54 subpartidas del anexo con sus tres montos fijos, y aplica el mayor entre el porcentaje y el monto. Pero 28 de las 54 se miden en metros cuadrados, y el producto no captura los metros cuadrados de la mercancía.

Por qué: Multiplicar por la cantidad de bultos «porque es lo que hay» daría un número con cara de exacto. Así que en esas el motor dice cuánto es por metro cuadrado —para que quien tenga la medida haga la cuenta— y no da el importe. Un «no puedo» que esconde lo que sí sabe es medio no. Norma: Decreto Supremo N° 104-2026-EF

El arancel es clasificación, no tratamiento completo

Por cada subpartida tenemos código, designación y Ad Valorem. NO traemos ISC por partida, derechos antidumping y compensatorios, restricciones y prohibiciones, ni preferencias por acuerdo comercial.

Por qué: Unos los aporta el resto del motor con lo que declara el importador; los otros no están cargados. Clasificar una mercancía y saber todo lo que paga son dos cosas distintas.

Las cifras van al céntimo; tu DAM va en dólares enteros

SUNAT expresa el Ad Valorem, el IGV y el IPM en dólares enteros. Este motor calcula al céntimo y no redondea. Al comparar una liquidación de Eslora con tu DAM vas a ver diferencias de MENOS DE UN DÓLAR por concepto: no es un error de cálculo, es que la aduana presenta redondeado. Contrastado con una DAM numerada real: Ad Valorem 1.802,397 frente a 1.802, IGV 4.935,564 frente a 4.936.

Por qué: No se reproduce el redondeo de SUNAT porque con una sola DAM no se puede saber cuál es la regla: en este caso truncar y redondear dan el mismo número, así que la declaración no la distingue, y tampoco se ve en qué paso se aplica. Inventar la regla a partir de un caso que no la distingue sería peor que no redondear. Con más DAMs numeradas se puede determinar y entonces sí se aplica.

La huella del cálculo detecta cambios, no falsificaciones

Cada liquidación lleva un sello con las versiones y una huella de las entradas y del resultado. Sirve para saber si algo se movió después.

Por qué: No es criptográfica y no lo pretende. Una huella que se presenta como garantía y no lo es acaba usándose para discutir algo que no puede sostener.

Si encuentras algo que no cuadra con la norma, es un error nuestro y queremos saberlo. Volver