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Arancel › Sección II › Capítulo 08

0814.00.10.00

Cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional. › De limón (limón sutil, limón común, limón criollo) (Citrus aurantifolia)

Lo que paga al importarse

Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.

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Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.