Arancel › Sección II › Capítulo 14 › 14.04 Productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra parte
1404.90.10.00
Los demás › Achiote en polvo (onoto, bija)
Lo que paga al importarse
- Ad valorem0 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.
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Subpartidas vecinas
- 1404.90.20.00 Tara en polvo (Caesalpinea spinosa)
- 1404.90.90.10 Materias vegetales de las especies utilizadas principalmente para relleno incluso en capas aun con soporte de otras materias, excepto «kapok»
- 1404.90.90.90 Los demás
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.