Arancel › Sección VI › Capítulo 28 › 28.52 Compuestos inorgánicos u orgánicos de mercurio, aunque no sean de constitución química definida, excepto las amalgamas
2852.90.90.50
Los demás › Los demás › Fosfuros
Lo que paga al importarse
- Ad valorem0 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.
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Subpartidas vecinas
- 2852.90.10.00 Compuestos organomercúricos
- 2852.90.90.10 Polisulfuros
- 2852.90.90.20 Polifosfatos
- 2852.90.90.30 Las demás sales de los ácidos o peroxoácidos inorgánicos (incluidos los aluminosilicatos)
- 2852.90.90.40 Compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso
- 2852.90.90.60 Carburos
- 2852.90.90.70 Hidruros, nitruros, aziduros (azidas), siliciuros y boruros
- 2852.90.90.90 Los demás
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.