Arancel › Sección VI › Capítulo 32 › 32.01 Extractos curtientes de origen vegetal; taninos y sus sales, éteres, ésteres y demás derivados
3201.90.30.00
Los demás › Extractos de roble o de castaño
Lo que paga al importarse
- Ad valorem0 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.
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Subpartidas vecinas
- 3201.90.20.00 Tanino de quebracho
- 3201.90.90.10 Extractos de mangle o de dividivi
- 3201.90.90.90 Los demás
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.