Arancel › Sección XVI › Capítulo 84 › 84.13 Bombas para líquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado; elevadores de líquidos
8413.91.10.00
Partes › De bombas › Para distribución o venta de carburante
Lo que paga al importarse
- Ad valorem0 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.
Calcula tu importación con esta partida¿Llega por courier?
Subpartidas vecinas
- 8413.91.20.00 De motores de aviación
- 8413.91.30.00 Para carburante, aceite o refrigerante de los demás motores
- 8413.91.90.00 Las demás
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.