Arancel › Sección XVI › Capítulo 84 › 84.17 Hornos industriales o de laboratorio, incluidos los incineradores, que no sean eléctricos
8417.20.90.00
Hornos de panadería, pastelería o galletería › Los demás
Lo que paga al importarse
- Ad valorem0 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.
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Subpartidas vecinas
- 8417.20.10.00 Hornos de túnel
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.