Arancel › Sección XVI › Capítulo 85 › 85.39 Lámparas y tubos eléctricos de incandescencia o de descarga, incluidos los faros o unidades «sellados» y las lámparas y tubos de rayos ultravioletas o infrarrojos; lámparas de arco; fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED)
8539.90.10.00
Partes › Casquillos de rosca
Lo que paga al importarse
- Ad valorem6 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.
Puede necesitar permiso: MTC — si emite radiofrecuencia. Compruébalo antes de comprar en VUCE o con tu agencia.
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Subpartidas vecinas
- 8539.90.90.10 De módulos de diodos emisores de luz (LED) de la subpartida 8539.51.00.10
- 8539.90.90.20 De los demás módulos de diodos emisores de luz (LED)
- 8539.90.90.30 De lámparas y tubos de diodos emisores de luz (LED)
- 8539.90.90.90 Las demás
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.