Arancel › Sección XVII › Capítulo 87
8706.00.29.00
Chasis de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05, equipados con su motor. › De vehículos de las subpartidas 8704.21 y 8704.31 › Los demás
Lo que paga al importarse
- Ad valorem0 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Paga Impuesto Selectivo al Consumo · Tractores de carretera, buses, vehículos de carga, chasis y carrocerías · Depende de: Nuevo o usado
- 0 % Nuevo: no figura en el Apéndice (buses de hasta 24 asientos, al 0 %) Nuevo Apéndice IV, literal A · por cotejar
- 40 % Usado D.S. 095-2018-EF
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Subpartidas vecinas
- 8706.00.10.00 De vehículos de la partida 87.03
- 8706.00.21.00 De peso total con carga máxima inferior a 4,537 t
- 8706.00.91.00 De vehículos de peso total con carga máxima superior a 5 t pero inferior o igual a 6,2 t
- 8706.00.92.00 De vehículos de peso total con carga máxima superior a 6,2 t
- 8706.00.99.00 Los demás
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.