Arancel › Sección XVIII › Capítulo 90 › 90.29 Los demás contadores (por ejemplo: cuentarrevoluciones, contadores de producción, taxímetros, cuentakilómetros, podómetros); velocímetros y tacómetros, excepto los de las partidas 90.14 o 90.15; estroboscopios
9029.20.20.00
Velocímetros y tacómetros; estroboscopios › Tacómetros
Lo que paga al importarse
- Ad valorem0 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.
Calcula tu importación con esta partida¿Llega por courier?
Subpartidas vecinas
- 9029.20.10.00 Velocímetros, excepto eléctricos o electrónicos
- 9029.20.90.00 Los demás
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.