Arancel › Sección XIX › Capítulo 93 › 93.03 Las demás armas de fuego y artefactos similares que utilicen la deflagración de pólvora (por ejemplo: armas de caza, armas de avancarga, pistolas lanzacohete y demás artefactos diseñados únicamente para lanzar cohetes de señal, pistolas y revólveres de fogueo, pistolas de matarife, cañones lanzacabo)
9303.20.12.00
Las demás armas largas de caza o tiro deportivo que tengan, por lo menos, un cañón de ánima lisa › Armas largas con cañón único de ánima lisa › Semiautomáticas
Lo que paga al importarse
- Ad valorem6 %Sobre el valor CIF. Lo fija el arancel para esta subpartida.
- IGV15.5 %
- IPM2.5 %IGV e IPM, sobre el CIF más el ad valorem. Son las tasas vigentes hoy.
- Percepción del IGVsegún el importador3,5 %, 5 % o 10 % según la situación de quien importa, no de la mercancía.
Impuesto Selectivo al Consumo: no figura en los Apéndices III y IV del ISC, así que no lo paga.
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Subpartidas vecinas
- 9303.20.11.00 De repetición (de corredera)
- 9303.20.19.00 Las demás
- 9303.20.20.00 Armas largas con cañón múltiple de ánima lisa, incluso las combinadas
- 9303.20.90.00 Las demás
Fuente: Arancel de Aduanas 2022, D.S. 404-2021-EF. Ver con qué normas trabaja Eslora.